Matriculando un coche extranjero en España

Mercedes Benz C230 Kompressor Sport Coupé - Front

Como ya os comenté en una antigua entrada, gracias a un concurso me gané un dinerillo, así que, como mi viejo Opel E Caravan estaba en las últimas, decidí que una buena inversión para mi dinero sería comprarme un coche nuevo. De principio, yo no soy ningún forofo de los coches, marcas, velocidad, potencia, etc. pero de algo de lo que sí que siempre he estado en contra ha sido de comprarme un coche de primera mano porque, ya se sabe, según sale del concesionario su valor es ya muy inferior, por lo que me decidí por buscar en el mercado de segunda mano y, en ese caso, buscar ya un coche bueno, ya que son los que más merecen ser comprados de esta forma.
Como la mayoría sabe, en España la verdad es que no se puede fiar uno de nadie comprando coches de segunda mano, mientras que el mercado de coches de segunda mano en Alemania es bastante mayor, fiable y barato. Además, en mi caso tengo la ventaja de que tengo un hermano viviendo en Alemania, así que el tema de la traducción, trámites y alojamiento lo tenía bastante solucionado.

Total, que aprovechando uno de mis viajes a Helsinki, aproveché para volver pasando por Alemania, disfrutar de la Semana Santa con mi hermano y familia, y volverme con un coche «nuevo». Así que buscando y buscando me acabé haciendo con un Mercedes Benz C230 Kompressor Sport Coupé. Creo que hice una buena compra, aunque eso el tiempo lo dirá. La única pega es que es gasolina y la verdad es que consume bastante.

Con el coche comprado casi el último día de mi estancia, arregle seguro temporal de 1 mes (hice bien en hacerlo por 1 mes en vez de 15 días, como comprobé al llegar a España) y matriculación temporal en una mañana. Se nota que Alemania no es España. Días más tarde me hizo un trayecto de 16h desde Köln a León y, al día siguiente, a A Coruña, para empezar los trámites de matriculación en España lo antes posible.

Los papeles que hay que tener en cuenta al traer un coche del extranjero son los siguientes:

  • Tarjeta de la I.T.V. para homologar al vehículo.
  • Impuesto especial sobre determinados medios de transporte (modelo 576).
  • Impuesto municipal de circulación.
  • Solicitud de matriculación.

Mercedes Benz C230 Kompressor Sport Coupé - Side

Lo primero de todo, es pasar la I.T.V. con el vehículo nuevo. Y es lo primero porque la tarjeta de la I.T.V. es un requisito para conseguir hacer el papeleo de todo lo posterior.

La inspección que le hacen se supone que es un poco más exhaustiva, pero es bastante similar a una inspección normal. Eso sí, te cobran bastante más y te hacen esperar un montón (casi 15 días, menos mal que hice el seguro temporal por un mes), al menos en Coruña. Para pasar la I.T.V. hay que tener la tarjeta de especificación técnica del vehículo (el mío la tenía). Hay que tener cuidado con esto porque mi anterior Opel también lo matriculé traído de Alemania y no la tenía, con lo que me costó unos 150€ y una espera de casi un mes conseguirla por medio de un concesionario Opel. A veces, estas tarjetas las tienen en las I.T.V., pero todo depende del coche. Si el vehículo no es muy habitual (mi Opel no lo era), es probable que no la tengan.

Después de la tarjeta de la I.T.V., tocaba el modelo 576 que es un impuesto basado en el valor del coche y la antigüedad del mismo. Tiene como objetivo compensar, por la emsión de CO2 y es similar a otros impuestos de países de la U.E. Es decir, en Alemania mi vehículo ya había pagado por esa emisión, pero como sólo somos U.E. para lo que queremos, en España también me tocaba pagar. Si me lo volvía a llevar a Alemania tendría que volver a pagar y si volviera de nuevo a España tendría que hacerlo de nuevo. Vamos, lo que comúnmente es conocido como robo.

Según la nueva legislación, la única manera de cubrir y pagar este modelo es mediante Internet, en la página de la A.E.A.T. Menos mal que desde hace tiempo me hice con el certificado de la F.N.M.T. Algún lumbreras decidió legislar con esta obligación sin darse cuenta de que en realidad, la sociedad española está bastante lejos de poder hacer trámites con la administración únicamente por Internet. Creo que es la primera vez en la historia que se legisla por delante de la sociedad. El caso es que un año más tarde, o así, el lumbreras en cuestión tuvo que ser corregido dada la problemática artificialmente creada, para hacer una enmienda casi mejor que la original. Ahora no sólo se podía presentar por Internet, también se podía pagar a una gestoría para que la presentara por Internet en nuestro nombre. Vamos, un negocio redondo. Ya, no sólo te jodes porque no puedes hacerlo en las oficinas de la A.E.A.T., si no que, si eres un analfabeto tecnológico, pobrecito de ti que tendrás que pagar a alguien para que te haga ese trámite.

Como digo, yo tengo mi certificado desde hace años y, por supuesto, manejarme en Internet no me supone un problema, o eso creía yo, antes de enfrentarme a la página de la A.E.A.T. ¿Y por qué digo esto? Pues porque durante horas me fue imposible encontrar el dichoso modelo. Para cuando lo encontré, como quería estar totalmente seguro del tema me bajé la legislación del BOE: Orden EHA/1981/2005, de 21 de junio, por la que se aprueba el modelo 576 y Orden EHA/3851/2007 de 26 de diciembre, por la que se aprueba el modelo 576 de autoliquidación. En dicha legislación, viene el impreso a rellenar, pero no las instrucciones de como hacerlo. Total, ¿para qué se necesitan instrucciones?. ¡¡Si eso es para maricones!!. Lo que pasa es que los ingenieros, y sobre todo los informáticos, somos un poco nenazas y nos solemos leer hasta las instrucciones del video (sí, queridos amigos, el vídeo venía con instrucciones cuando lo comprasteis). Tras mucho (pero mucho) buscar, las encontré en la página de la A.E.A.T. (supongo que, a estas alturas, ya tendréis cierta intuición de que creo que la página de la A.E.A.T. tiene una organización pésima y es casi imposible encontrar nada ni con su motor de búsqueda, ¿verdad?).
Con todo, como no quería pillarme las manos, acudí a las oficinas de A Coruña de la A.E.A.T, para que me dijeran el importe exacto a abonar y poder contrastar con mi propio cálculo. En las oficinas constaté que el funcionario de turno tenía menos idea que yo sobre el tema. Tutorizado por otra funcionaria de mayor antigüedad, me realizó el cálculo, teniendo en cuenta la valoración del vehículo y su devaluación debido a la antigüedad, saliendo una base imponible de 8924€. Por supuesto, cuando yo realicé el cálculo, el importe que me salió fue distinto: 8942€. El funcionario, como no, había bailado dos dígitos y, encima, a mi favor. Vamos, lo que necesitaba para que no lo hubiera verificado y en la siguiente inspección me pusieran una multa por una diferencia de 18€, o aún peor, lo justo para que en tráfico no me permitieran hacer la matriculación del vehículo y hubiera tenido que remover cielo y tierra para subsanar el error. Pero bueno, nada sorprendete habida cuenta de los funcionarios de este país y mis pasadas experiencas con ellos 🙁 .

Mercedes Benz C230 Kompressor Sport Coupé - Back

Pero sí, finalmente conseguí pagar el modelo 576 y, con eso y la I.T.V., me pasé a pagar el impuesto de circulación en mi ayuntamiento y, de ahí, a tráfico con la documentación del vehículo, la tarjeta de la I.T.V., los justificantes de pago de los impuestos y la factura de compraventa. En tráfico, acompañados de fotocopias de todos y cada uno de los papeles (por si acaso), la funcionaria de turno (sí, amiguetes, esto es el cuento de nunca acabar), tras entregarle todo el paquete, me pidió de nuevo el justificante del modelo 576 (le dije que estaba con los papeles), el justificante del pago del impuesto municipal (le dije que estaba con los papeles) y el contrato de compraventa (sí, también estaba con los papeles). Tras quedarse maravillada al ver que no se me había olvidado nada, me dejó marchar con una estimación para recoger los resultados de otra semanita (sí, aún doy gracias de haber hecho el seguro temporal por 1 mes). Eso sí, cuando llevaba 500m desde que saliera de la jefatura, me llamó al móvil porque se le había olvidado pedirme una fotocopia del documento original en alemán del vehículo y, sí, gracias a dios lo llevaba conmigo y, sí, ya tenía fotocopia y, sí, como se sentía culpable por no habérmelo pedido no me hizo chuparme de nuevo la tremenda cola y pude entregarle el papel directamente 🙂 .
Por supuesto, todos los trámites anteriormente citados, con mi D.N.I. (y fotocopia) en la boca, no fuera a ser que no me lo hubieran pedido anteriormente suficientes veces en esta vida, y un buen fajo de billetes para ir soltando a discreción.
Calculo que en impuestos y trámites, me gasté unos 1500€. No está mal, pero sumando eso a lo que me costó en alemania, creo que mereció la pena 😉 .

75 comentarios en “Matriculando un coche extranjero en España

  1. Perdona el gran retraso en contestar. Este comentario se me pasó.

    Un DNI en cualquier otro país que no sea España es un total sinsentido. Es decir, no sé si en Alemania tienen algún número de identificación personal, pero es posible que no. Podrían pedirte el pasaporte del vendedor pero, desde luego, a mi no me lo pidieron y me parece realmente raro que les soliciten algo así.

  2. Buenos dias y felices fiestas!!

    Resulta que me voy a comprar una moto yamaha virago 125 cc de Francia. El vendedor es un particular, ¿que necesito que me dé el vendedor?
    Tarjeta ITV, contrato de compraventa firmado por los dos,…?
    algo más?
    Es la primera vez que compro algo en el extranjero.
    La moto tiene 15 años, no sé cuanto me costarán los tramites.

    Gracias
    un saludo

    PD: Muy buen articulo!!

  3. En principio, creo que con esas dos cosas te debería de llegar, pero no tengo experiencia con motos y mi experiencia con coches tampoco me hace un experto 😉

    Buena suerte!

  4. Hola yo estoy intentando pagar el impuesto de un mercedes E 200 CDI y me sale un calculo de 7875 euros segun la formula que me han dado en la agencia tributaria, me parece mucho, a ti te daba un valor parecido, al final cuanto pagaste?
    gracias, un saludo

  5. ¿Te sale 7875€ en concepto de qué? Supongo que te refieres a la base imponible para el cálculo de las tasas obtenida como valoración del vehículo que depende, en gran medida, de la antigüedad de tu coche.

    Si has leído el post, verás que la cifra que a mi me resultaba como base imponible era 8942€. Esto no es lo que hay que pagar, es lo que se utiliza para luego obtener los importes a ingresar relacionados con emisión de CO2, etc.

    7875€ sí parece una cifra de valoración de vehículo válida. Lee el post detenidamente para saber cómo obtener los importes a pagar a partir de esa cifra.

  6. Estimado/a Sr./Sra.:

    Voy a comprar un vehículo nuevo para uso particular, en un concesionario de una marca oficial. Tal vez lo importe a través de una agencia de transportes internacional. Pero, después de pasar horas delante de la pantalla del ordenador buscando información, no termina de quedarme claro lo siguiente:

    Si pago el IVA allí (en Alemania), ¿qué podría ocurrir una vez regrese a Canarias?:

    – Además del IVA, ¿tendré que pagar al IGIC?; ¿IVA + IGIC?; ¿19% VAT + 13% IGIC = 32%? (!)

    – En este caso, ¿puedo solicitar al concesionario que me devuelva el IVA abonado en el momento de la compra, una vez sustancie el Impuesto General Indirecto Canario? En el caso de que tuviera que pagar el IGIC, ¿por qué tendría que pagar el impuesto alemán?

    – Si pago el 19% VAT, ¿no tendría que estar exento de pagar el IGIC?

    – Si pago el 13% IGIC, ¿puedo reclamar el 19% VAT?; ¿están obligados a devolverlo, si se acredita el pago del IGIC?

    – ¿Qué cantidad me devolverán exactamente, el VAT desglosado en la factura, el 19% VAT del precio en bruto, la diferencia entre el 19% VAT y el 13% IGIC… Un 6%?; ¿de qué precio, del bruto o del neto?

    Tengo la sensación de que me va a salir rana la operación.

    Reciba un cordial saludo,

    David

  7. David, el coche que yo compré lo importe a la península, así que no soy un experto en la imposición del IGIC para poder darte una respuesta confiable. Te recomiendo que acudas a una delegación de la AEAT y preguntes.

    Dicho esto, estoy bastante seguro de que no se pueden aplicar los dos impuestos simultáneamente. Se aplicará el impuesto en el lugar de origen:
    * Si compras tu coche personalmente en Alemania se te aplicará el VAT allí. No sé cuál es ahora mismo, pero supongamos que es el 19%.
    * Si compras tu coche a una agencia de importación en Canarias, se te aplicará el IGIC.

    En el caso de comprarlo en Alemania quizá luego, dependiendo de cómo se aplique el IGIC, puedas reclamar la diferencia a la AEAT (6%), pero supongo que eso se lo tendrías que preguntar ellos.

  8. Effctivamente, como dice tanty, en el momento de matricularlo en Canarias puedes pedir la devolucion del IVA y pagar así el IGIC.
    Pregunta en la AEAT los trámites

  9. Buenas!

    Estoy mirando un coche clasico en Holanda, las condiciones mecanicas no son buenas, pero lo quiero arreglar yo mismo. El problema es que el dueño quiere dar de baja la licencia alemana para no pagar impuestos al vendermelo (y dejarlo para uso como coche de carreras o desguace) y la verdad, no tengo ni idea si eso me causaria problemas tanto al bajarlo, como al matricularlo y pasar itv etc etc aquí en españa.
    También me gustaría saber si me costará 1500 € todos los trámites, obviamente ese presupuesto se me va de las manos, ya que pagaria mas de tasas que de coche…

    Otra prwgunta es; como qie tiene licencia alemana, si es de holanda?

    Perdonad mi ignorancia, nunca he hecho esto antes.

    Y muchas gracias por adelantado.

  10. Excelente entrada! Precisamente me estoy informando acerca de cómo realizar el cálculo de lo que me costará el impuesto y no termino de verlo claro… Por un lado está el calculo de la Base Imponible según la formula de hacienda y después la deducción por los años de antiguedad como se indica en el link de arriba: «Devaluación según antiguedad» (Anexo IV de las tablas con el Valor del mercado).

    Por otro lado no sé cómo aplica lo que mencionas de los porcentajes según las emisiones de CO2 ni el siguiente párrafo que aparece en las instrucciones del modelo 576:

    «Cuando se trate de medios de transporte que hubieran estado previamente matriculados en el extranjero y que sean objeto de primera matriculación definitiva en España teniendo la condición de usados, del valor de mercado se minorará, en la medida en que estuviera incluido en el mismo, el importe residual de las cuotas de los impuestos indirectos que habrían sido exigibles, sin ser deducibles, en el caso de que el medio de transporte hubiera sido objeto de primera matriculación definitiva en España hallándose en estado nuevo. A estos efectos, el citado importe residual se determinará aplicando sobre el valor de mercado del medio de transporte usado en el momento del devengo un porcentaje igual al que, en su día, hubieran representado las cuotas de tales impuestos en el precio de venta, impuestos incluidos, del indicado medio de transporte en estado nuevo.»

    ¿Serías tan amable de detallar el cálculo de tu C230 para entender el proceso completo?

    Mil gracias!!

  11. Si, en Alemania existe el documento de Identidad- Personalausweis- se llama. Lo que no existe es la costumbre de las fotocopias a la ejpañola, ni la reiteración de funciones. El documento que acredita la propiedad del vehículo es el KFZ- Brief. El que lo tiene es el propietario. No se lleva en el coche nunca. se guarda celosamente. En el Brief, viene todos los dueños anteriores que el vehiculo haya tenido
    Lo que se lleva es el KFZ- Schein. Este documento antes gris, hoy verde, es el que nos permite circular, esta a nombre del propietario actual del vehículo. Cuando se da de baja este, te lo retiran. Solo existe el del momento.
    En este aspecto, como en casi todos, nos sacan años luz.
    Saludos.
    julio

  12. Muchas gracias por todos los detalles y además por el humor con que los cuentas, porque hace falta no perder el buen humor cuando estás a punto de embarcarte en todo lo que describes.

    Todos estos trámites me esperan a mí en los próximos meses y yo todavía no tengo ni el certificado de la F.N.M.T.

    También soy de A Coruña, pero me llevo el coche a Madrid, que no sé que es peor, a la hora de hacer papeleos y guardar colas….

    Sabéis si aceptan el Contrato de Compra-Venta en Alemán o Inglés, o también tuviste que presentar una traducción al español?
    Si se compra el coche a un privado, entiendo que es suficiente con el contrato compra venta, o hace falta una factura?

    La ITV en España hay que pasarla sí o sí, verdad? Da igual que el coche la haya terminado de pasar en Alemania?

    Muchas gracias,
    saludos,

    miner

  13. Como con todo lo que escribo, lo primero es remarcar que no doy «garantía» de que mis comentarios sean correctos, sólo que creo que sí lo son 🙂

    1. Si no recuerdo mal, el contrato de compraventa en las 2 ocasiones en las que me traje un vehículo de alemania estaba en alemán y no me exigieron traducirlo.
    2. Si el vendedor es privado, entiendo que, de hecho, ni siquiera puede emitir factura. En mi caso, creo que no hubo ninguna factura. Con el contrato debería de bastar.
    3. Sí, la ITV hay que pasarla *en España* para poder matricular el coche. Ya sabes, UE, pero no nos fiamos de las inspecciones realizadas en otros países, no vaya a ser …

    Espero que vaya todo bien.

    Un saludo!

  14. Muchas gracias por la respuesta tan rápida!

    Hoy he llevado el coche a hacer aquí en Alemania la *inspección*/revisión de los 6 años y aparte de cambiarle (YA!) la correa de distribución (el coche tiene sólo 29000 km), cosa que me ha parecido un poco exagerado, pero bueno, te meten tanto miedo con que si se rompe, pues los desperfectos son enormes; pues me han enseñado los discos de freno.
    Dicen que a los 6 años o 60000km, lo que ocurra antes…

    Resulta que del poco uso que se le ha dado al coche (decir que me lo vende un buen amigo), se han formado como unos depósitos en los discos de freno que harían que el coche (aquí en Alemania) no pasara la próxima ITV.
    A mí lo que me da miedo es que no me pase la ITV en España ahora cuando me lo lleve.
    El coche frena bien y no noto nada. El chico de la Opel me ha dicho que si me lo llevo a España, que probablemente el viaje en autopista le venga bien o mejoren de aquí a la próxima ITV en Sep del 2015.

    Pero es que si le tengo que pasar una ITV ahora en España, puede que no la pase por eso…

    Habíais oído algo parecido?

    Muchas gracias.

    P.S. Me han dicho que cambiar los discos me costaría unos 750 euros en total….

    miner

  15. Pues de mecánica no sé nada, así que no puedo ayudarte.

    Como te dijo el mecánico en Alemania, supongo que con el viaje algo se limpiarán esos depósitos en los discos de freno.

    En todo caso, símplemente ten en cuenta en tu presupuesto el gasto de cambio de los discos. Cuando vayas a pasar la ITV en España, a cruzar los dedos y, si hay suerte, pues no te harán cambiarlos.

    Mucha suerte!

  16. Hola, he comprado un coche en alemania y ya estando en barcelona con muy mala
    suerte q se me pierden todos los documentos del coche que debo hacer..????

  17. buenas noches soy Vanesa soy brasileña casada con español pero no tengo nacionalidad aun , estoy pensando en comprarme un coche de segunda mano en alemania que es lo que necesito alem del dinero kkk cuales seria las precauciones que devo ter en neste caso y donde me recomendaria?gracias un saludo

  18. Hola . Quiero traer un coche japones un nissan skyline , . Por el tema del volante a la derecha y las emisiones ,¿ me vale un coche comprado a un profesional de Alemania con la homologación de Alemania para que me valga para España? ¿ Sino sabes , donde me podrían ayudar para saber si se puede o no ???

  19. Buenas noches,

    Hace un par de años te pregunté sobre una moto q traje de Francia, todo fue perfecto. Ahora tengo una duda con un coche que traje de Francia y la cuestión es el seguro.
    Mientras espero que me llege el COC ¿El seguro temporal donde se hace, en francia o en alguna compañia de aqui? Mas q nada para poder usar el coche.

    Gracias por la info.

    Saludos

  20. Hola alguien me puede ayudar me voy a comprar un coche en Londres que lo llevaron de España y ahora me lo quiero traer que. Se necesita

  21. Tengo UN coche q traje de Mexico, ya estate matriculado en espana. T
    Mi pregunta es si tengo q pagar algun impuesto para venderlo,ya q Como vine Como emigrante retornado, me dieron ciertos beneficios.

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